Comercio Internacional de servicios

Acuerdos de libre comercio regionales o bilaterales

La Unión Europea tiene competencia exclusiva sobre política comercial. Esto implica que tiene facultad para llegar a acuerdos comerciales bilaterales con terceros países o bloques regionales. En los últimos años, la actividad negociadora en el ámbito bilateral ha sido muy intensa.

En los siguientes enlaces, se detallan las principales características y beneficios de los últimos acuerdos comerciales bilaterales firmados por la UE, así como de aquellos actualmente en negociación.

Regionales o Bilaterales Canal Pais
Regionales o Bilaterales Acuerdos Comerciales de la UE

Acuerdos de comercio digital en la Unión Europea

Los Acuerdos de comercio digital o capítulo de comercio digital en los acuerdos de libre comercio (ALC), negociados por la Unión Europea recogen normas y disciplinas que afectan al comercio digital y que son vinculantes, pudiéndose clasificar en tres tipos de provisiones:

  • Provisiones para proveer certidumbre legal a las empresas y facilitar el comercio digital. Se incluye, por ejemplo; garantizar la validez legal de los contratos electrónicos, de las facturas electrónicas, de los servicios de confianza electrónicos (autenticación de firmas electrónicas) y del comercio sin papel.
  • Provisiones para mejorar la confianza del consumidor en línea. Hace referencia a; la protección del consumidor frente a la mensajería spam, la obligación de proteger los datos personales y la excepción horizontal de la protección de los datos personales.
  • Provisiones para frenar las medidas proteccionistas. Se recogen artículos como; el acceso abierto a internet, la prohibición de la localización de datos, la prohibición del establecimiento de derechos aduaneros a las transmisiones electrónicas, la prohibición de requerir autorización previa para la prestación de servicios online, la prohibición de la transferencia obligatoria de código fuente y medidas proteccionistas relacionadas con la ciberseguridad.

Esta ambición a nivel bilateral se ha ido nutriendo de los progresos realizados en las negociaciones de la OMC sobre comercio electrónico, por lo que hay Acuerdos de libre comercio anteriores a este marco que carecen de este tipo de provisiones vinculantes.

Socios Comerciales

Dentro de los socios comerciales preferenciales de la UE cabe diferenciar:

  • Socios sin provisiones de comercio de servicios ni de comercio digital: Turquía, África Occidental, Países Euromed y Kenya.
  • Socios cuyos ALC contienen compromisos en servicios y algunas reglas de comercio digital: Colombia, Ecuador y Perú; América Central; y los Acuerdos de Asociación de Vecindad Oriental y de Balcanes Occidentales.
  • Socios cuyos ALC contienen compromisos en servicios y reglas de comercio digital amplias:
    • en vigor: UK, Chile, Japón, Nueva Zelanda, Canadá, Vietnam
    • en conclusión: México, Mercosur;
    • en negociación: Australia, ESA5, India, Indonesia, Tailandia, Filipinas, Malasia.
  • • Socios con Acuerdos de comercio Digital por separado en el marco de un ALC con compromisos en servicios y bienes, “Digital Trade Agreements, self-standing”: negociaciones concluidas con Singapur y Corea