La Unión Europea tiene competencia exclusiva sobre política comercial. Esto implica que tiene facultad para llegar a acuerdos comerciales bilaterales con terceros países o bloques regionales. En los últimos años, la actividad negociadora en el ámbito bilateral ha sido muy intensa.
En los siguientes enlaces, se detallan las principales características y beneficios de los últimos acuerdos comerciales bilaterales firmados por la UE, así como de aquellos actualmente en negociación.
Acuerdos de comercio digital en la Unión Europea
Los Acuerdos de comercio digital o capítulo de comercio digital en los acuerdos de libre comercio (ALC), negociados por la Unión Europea recogen normas y disciplinas que afectan al comercio digital y que son vinculantes, pudiéndose clasificar en tres tipos de provisiones:
Esta ambición a nivel bilateral se ha ido nutriendo de los progresos realizados en las negociaciones de la OMC sobre comercio electrónico, por lo que hay Acuerdos de libre comercio anteriores a este marco que carecen de este tipo de provisiones vinculantes.
Dentro de los socios comerciales preferenciales de la UE cabe diferenciar:
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